16 jul 2009

Manifiesto de la FEUE a la opinión pública.

LOS ESTUDIANTES QUEREMOS UNA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR QUE PROFUNDICE LOS CAMBIOS QUE LA UNIVERSIDAD NECESITA



La Educación Superior requiere cambios que otorguen a los pueblos una educación científica, democrática y de calidad, los problemas que existen son producto de las políticas neoliberales impulsados por los gobiernos de la derecha, que recortaron presupuesto, eliminaron las ciencias sociales del currículo, fragmentaron el conocimiento, etc.

La Constitución Política obliga a elaborar una nueva Ley de Educación Superior; la que debe profundizar las transformaciones necesarias para alcanzar una universidad democrática, científica y al servicio del pueblo, que materialice los anhelos de cambio. Esta nueva norma jurídica debe nacer del debate democrático, del aporte y de la convicción por el cambio de los principales actores de la Educación Superior: estudiantes, docentes, empleados y trabajadores.

El proyecto de ley presentado por la SENPLADES no cambia la esencia de la universidad, no resuelve los problemas principales DE LA EDUCACION SUPERIOR, retrocede en las conquistas democráticas; limita la autonomía académica, administrativa y económica de las universidades y escuelas politécnicas; restringe la gratuidad, disminuye el nivel y la calidad del título profesional de tercer nivel.

“Los dolores que tenemos son los derechos que nos faltan”, los estudiantes NOS DECLARAMOS FIRMES EN LA DEFENSA DE LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA, frente a la pretensión de convertir a las universidades en simples apéndices del gobierno. La autonomía es la INDEPENDENCIA DE LA UNIVERSIDAD frente al poder político y económico para que en el marco de la libertad de pensamiento, expresión y cátedra se pueda desarrollar la formación profesional, la investigación científica y el compromiso con los pueblos del Ecuador.

Aspiramos una Universidad DEMOCRÁTICA, que no NIEGUE LA EDUCACION a ningún ecuatoriano o extranjero, donde la gratuidad cubra todos los recursos de la escolaridad, en la que sus estamentos participen en la conducción y el gobierno universitario en el marco del COGOBIERNO que es la expresión viva de la comunidad de docentes, estudiantes y trabajadores. Los estudiantes defendemos nuestro derecho a ser protagonistas en el quehacer universitario, con nuestra presencia directa en todos los espacios de dirección académica y administrativa con voz y voto.

La juventud estudiosa hace un llamado a los estudiantes, docentes, empleados y trabajadores para que en el marco del debate y la discusión luchemos por una Ley participativa y no impuesta, que responda a la realidad nacional y no a modelos extranjerizantes.


Por una educación gratuita y de calidad!!
Universidad Democrática con una Ley democrática


Aprobado en la Primera Reunión de la Directiva Nacional de FEUE período 2009 – 2011 en la ciudad de Quito, a los once días del mes de julio del 2009.


Marcelo Rivera T. Paúl Velásquez
PRESIDENTE FEUE SECRETARIO FEUE
DIRECTIVA NACIONAL DIRECTIVA NACIONAL

Andrea Molina Deysi Terán
PRESIDENTA AFU NACIONAL PRESIDENTA FEUE QUITO

Hernán López Jorge Zapata
PRESIDENTE FEUE AMBATO PRESIDENTE FEUE BABAHOYO

Alex Arias Edwin Lasluisa
PRESIDENTE FEUE BOLÍVAR PRESIDENTE FEUE COTOPAXI

Daniel Carbo Marco Suquitana
PRESIDENTE FEUE CUENCA PRESIDENTE FEUE ESMERALDAS

Juan Fernández Diego Soto
PRESIDENTE FEUE GUAYAQUIL PRESIDENTE FEUE IBARRA

Jefferson Calle Pedro Saltos
PRESIDENTE FEUE JIPIJAPA PRESIDENTE FEUE MILAGRO

Luigi Morán Patricio Santillán
PRESIDENTE FEUE QUEVEDO PRESIDENTE FEUE RIOBAMBA

Víctor Coronel
PRESIDENTE FEUE SANTA ELENA
Contador Web

PROPUESTA DE LA FEUE PARA LA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

PROPUESTA DE LA FEUE PARA LA NUEVA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

Propuesta de la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador
Aprobada en la primera reunión de la Directiva Nacional de la FEUE
11 de julio del 2009


Elementos fundamentales que debe contener la nueva Ley Orgánica de Educación Superior desde la visión del Movimiento Estudiantil Universitario

1. Autonomía Universitaria:

Principio que establece la relación entre la Universidad y el Estado.

La Autonomía Universitaria permite cumplir los objetivos y funciones específicas a las instituciones del Sistema de Educación Superior SES. La necesaria independencia del poder público, es condición indispensable para el avance del saber, del conocimiento, de la creación artística y cultura nacional. Esta no debe ser entendida como la simple inviolabilidad de sus predios; la autonomía se expresa en lo académico, administrativo y en el ámbito FINANCIERO. Asumimos la autonomía con responsabilidad social, con rendición de cuentas y en correspondencia con el plan nacional de desarrollo.

En concordancia con el Art. 355 de la Constitución que reconoce a las universidades y escuelas politécnicas, autonomía académica, administrativa, financiera, y el Art. 353 que crea un organismo público de planificación, regulación y coordinación INTERNA del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la función ejecutiva.

Planteamos la creación de un organismo planificación, regulación y COORDINACIÓN INTERNA, conformado por 2 representantes de las universidades públicas del país, 1 representante de las universidades particulares, 1 representante por las escuelas politécnicas, 1 representante por los estudiantes, 1 por los docentes y 1 por los empleados y trabajadores, 1 representante de la SENPLADES, un Presidente elegido de fuera de su seno, y delegados con derecho a voz el Presidente de ASUEPE, el Presidente de CEUPA, el Presidente de AITPEC.


2. Cogobierno Universitario.

El gobierno universitario emana de sus estamentos, somos comunidades académicas y científicas que tenemos el pleno derecho a ejercer nuestro autogobierno en correlación maestro – estudiante en condiciones de igualdad,

proponemos recuperar el COGOBIERNO PARITARIO. A nivel general es necesaria la reorganización total del actual CONESUP en correspondencia con los criterios antes expuestos, eso significa, tener la representación de los actores fundamentales del sistema de educación superior en este organismo con voz y voto.

En todos los niveles del gobierno universitario, se apuntará a un régimen de carácter paritario; así como, tendrá expresión paritaria el valor de cada uno de los votos. Los estudiantes de primer año, ciclo o semestre, tendrán derecho al voto. La votación universal en la elección de las autoridades centrales y en cada Facultad, debe constituirse en el mecanismo de la más alta democracia al interior de las universidades.

La Universidad propenderá en todos los ámbitos a respetar e incorporar la participación de las mujeres, de las nacionalidades indígenas, y de los pueblos; en los planes y programas de cada una de las Universidades.

Planteamos la recuperación de la Asamblea Universitaria, así como, la revitalización de las Juntas de Facultad y Juntas de Escuelas, que se conviertan en espacios democráticos del debate y análisis de las líneas académicas, administrativas y financieras a aplicar. En estos escenarios se desarrollarán los procesos de RENDICIÓN DE CUENTAS, las cuales serán periódicas, transparentes, públicas y parte del proceso para la Autoevaluación de las Universidades.

3. Financiamiento de la Educación Superior.

Sin presupuesto no hay Universidad. La nueva constitución garantiza en muchos aspectos la responsabilidad que tiene el Estado en la dotación de suficientes recursos que permitan llevar a la práctica las propuestas académicas en procura de alcanzar la educación de calidad. La defensa de las preasignaciones hoy constitucionalizada en el Art. 298. Dando cumplimiento a esta disposición constitucional el FOPEDEUPO debe mantenerse, estableciéndose las fuentes de financiamiento, y las sanciones a las autoridades o funcionarios que retarden injustificadamente los recursos a las universidades.

Debe establecerse la entrega del 2% del PIB que en la actualidad representaría alrededor de 980 millones de dólares. Estas rentas deben ser propias de las Universidades y deberán obtenerse del IVA y del Impuesto a la Renta, de los beneficios de la explotación petrolera y minera, de las rentas que entrega el Estado por concepto de funcionamiento y otras fuentes que se ubiquen.

La distribución de estos recursos deberá ser de acuerdo a: 1) número de estudiantes de cada centro de educación superior; 2) número y funcionamiento de cada una de las carreras; 3) necesidades académicas definidas para lograr equiparar la calidad de los centros de educación superior; 4) perspectivas de crecimiento de cada una de las carreras (aperturas de nuevas carreras, generación de procesos de investigación, etc.).

Las Universidades deberán realizar planes estratégicos quinquenales y Planes Operativos Anuales donde se incluirá la ejecución presupuestaria anual, los mismos que tendrán contraloría social por parte de los organismos competentes (Contraloría General del Estado, CONESUP, CONEA, Ministerio de Economía y Finanzas, etc.)

4. Gratuidad de la educación superior.

La gratuidad de la educación debe ser total, no debe entenderse como la simple subvención de la matrícula, LA GRATUIDAD NO ES UNA BECA, esta debe ampliarse. La gratuidad debe extenderse a todo lo que corresponda a la escolaridad del estudiante, todo lo que implica la carrera universitaria debe ser cubierta por el Estado, tal como lo plantea la disposición transitoria Nro. 18 de la Constitución.

La responsabilidad académica de los estudiantes: Entendemos a un estudiante universitario solidario, comprometido, conciente, cumplidor, puntual, cabal, entonces bajo esta perspectiva se debe evaluar las condiciones en las cuales se desenvuelve el estudiante, su participación integral en el proceso educativo, su compromiso social a través de la extensión universitaria y vinculación con la comunidad, su alto nivel de conciencia y criterio social, sumado al cumplimiento de sus responsabilidades académicas.

Por ello, este concepto no puede reducirse a la simple cuantificación de las notas, o a la aprobación de las asignaturas y/o créditos; de igual manera el Estado debe asumir su responsabilidad social para con la Universidad, para exigir responsabilidad al estudiante.

5. Derechos de los estudiantiles, docentes, empleados y trabajadores.

La LOES debe reconocer, promover, profundizar los derechos de los estamentos universitarios y procurar el fortalecimiento de su organización. Que mejore las condiciones en las cuales se desenvuelve el estudio de los universitarios, a través de la ampliación de los programas de Bienestar Estudiantil (comedores, residencia, almacén, atención médica, orientación profesional, seguro estudiantil, etc.) Respeto a la organización y libre expresión de los estudiantes, en ningún caso las autoridades interferirán en la organización de los estudiantes. Los estudiantes universitarios debemos tener acceso a los medios de comunicación e información donde promovamos nuestras propuestas tal como lo establece la Constitución.

Primer Empleo para los estudiantes: En acuerdo al Art. 30 de la Constitución, proponemos que en el último año de carrera se establezcan las PASANTÍAS REMUNERADAS y con opción a participar en los concursos de merecimiento para obtener trabajo. Que los departamentos de Bienestar Estudiantil generen programas que promuevan el empleo.

Planteamos la creación de BECAS en los programas de posgrado por situación deficitaria, así como, a los mejores estudiantes. Ampliación de los programas de incentivos económicos, de intercambio estudiantil, y becas al exterior.

En el caso de los docentes que eleve su calidad a través de la capacitación y actualización permanente de sus conocimientos, acompañado de una remuneración que rescate su dignidad de maestro universitario, estableciendo el escalafón docente, y un sistema de jubilación que reconozca el esfuerzo de los docentes. Capacitación continua en pedagogía y sistemas de enseñanza en cada una de las universidades, Profesionalización en docencia, garantizar por parte del Estado en un plazo no mayor a 5 años, que el 100% de los docentes obtenga el título de cuarto nivel, equiparación salarial como mecanismo para garantizar igualdad entre los docentes universitarios, creación de dos categorías en la docencia: a) tiempo exclusivo, b) tiempo completo.

En el caso de los empleados y trabajadores que mejore sus condiciones salariales e incentive su progreso, así como, respete sus derechos adquiridos.

6. Nueva estructura administrativa y académica.

Universidad del nuevo milenio que rompa con la estructura anquilosada del pasado, que aún mantiene formas de la “universidad napoleónica” heredada de las condiciones históricas en la cual surgió. La LOES debe promover una Universidad que experimente formas flexibles de funcionamiento en lo académico y administrativo, las cátedras interdisciplinarias, los proyectos educativos experimentales, nuevos modelos educativos y otras innovaciones educativas, partiendo siempre de la realidad propia de la universidad ecuatoriana, recogiendo las experiencias positivas que existen en otras latitudes, evitando el traslado mecánico modelos educativos extranjeros.

Mallas Curriculares. Deben introducirse materias y/o créditos obligatorios y ejes transversales en todas las carreras como: situación nacional, ética profesional, biodiversidad y ambiente, equidad de género, interculturalidad, deporte, ambiente, así como, la enseñanza de al menos una lengua ancestral, tal como lo establece la Constitución en su Art. 347 literal 10.

7. Nivelación y Admisión

El Art. 356 garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso, permanencia, movilidad y egreso. Y el mecanismo de ingreso a las universidades es la Nivelación y Admisión, lo que permite democratizar el ingreso sin las trabas de una prueba o examen que lo limiten. Proponemos se establezca al interior de las Universidades los Ciclos Básicos Comunes – CBCs, con las siguientes características:

Por áreas del conocimiento donde se califiquen actitudes, y aptitudes del estudiante por cada una de las ramas del saber, Orientación y Nivelación para suplir los vacíos de la educación media, debe realizarse estudios sobre las necesidades de profesionales que requiere el país; con asignaturas básicas y de introducción a la carrera, de carácter obligatorio para las instituciones del SES, que forme parte del tiempo de duración de la carrera; debe ser gratuito por principio constitucional, debe constar en los presupuestos de cada institución, su aprobación será el único requisito para ingresar, con evaluación continua e integral.

8. Investigación ciencia y tecnología.

La investigación debe constituirse en el único criterio válido para calificar la pertinencia de una institución de educación superior. Proponemos se entregue el 1% el PGE para la investigación.

Incorporar a la formación académica del estudiante universitario como eje transversal la investigación científica, promover la creación de centros de investigación universitaria en las distintas ramas del saber.

9. Extensión Universitaria

La extensión universitaria es uno de los pilares esenciales que vincula a la universidad con la sociedad como parte de la formación profesional del estudiante.

La extensión responderá a los requerimientos o necesidades de la población y coadyuvará a la difusión del conocimiento. Esta se realizará de forma obligatoria por las instituciones del SES. Se crearán comisiones o institutos encargados de promover y dar seguimiento a la extensión y vinculación con la sociedad.
La ejecución de proyectos serios y trascendentes para solucionar los problemas urgentes del país en áreas de la salud, educación, medio ambiente, movilidad, producción, etc.


11 de julio del 2009.

Por la Directiva Nacional FEUE.
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